LA FLAGRANCIA DELICTIVA ES UN INSTRUMENTO PROCESAL DE
LUCHA CONTRA LA CRIMINALIDAD
👉 La Flagrancia no es nueva, se creó para los delitos
que están probados de manera indubitable
La Ley de Flagrancia no es nueva, se creó para los
delitos que están probados de manera indubitable, es decir que no cabe duda
alguna de que la persona es culpable. Esta norma lleva ya tiempo en nuestro
Código Penal, pero probablemente nunca habíamos oído hablar de ella porque
simplemente no se aplicaba.
Ahora que se ha reglamentado y ha tomado protagonismo,
es importante que todos sepamos en qué consiste, y es que estar bien informados
puede marcar la diferencia entre convertirnos en beneficiarios o incluso
víctimas de la Ley de Flagrancia ¿Cómo funciona? ¿Cuál es el proceso? Preste
mucha atención.
Todo comienza con la comisión del delito y la
detención, el sospechoso es llevado a la comisaría. Ahí se le leen sus
derechos, se le permite contactarse con sus familiares y también llamar a su
abogado. Aquí se pide la presencia del fiscal, éste al llegar toma las
declaraciones de ambas partes, las de los testigos, recoge las pruebas y ordena
más pericias dependiendo del caso.
Es en esta primera parte que quien haya delinquido
tiene la primera oportunidad para no empeorar su situación, esta se llama valga
la redundancia: principio de oportunidad. Todo esto que corresponde a la
policía y al Ministerio Público ocurre en las primeras 24 horas.
La segunda parte le corresponde ya al Poder Judicial.
El expediente armado es entregado al juez de investigación preparatoria, este
analiza el caso, las pruebas, y convoca a una audiencia en la que decidirá si
reúne las condiciones para un juicio rápido, o no.
Aquí en esta instancia el imputado tiene una segunda
oportunidad para reducir su sanción, esta se llama “Terminación anticipada”.
Así llegamos a la tercera y última parte: el juicio. Si los elementos son
suficientes, todo se eleva al juez de juzgamiento, quien en un plazo de 72
horas debe convocar a la audiencia que dé inicio al proceso, y de manera rápida
a la sentencia, aun a estas alturas existe una tercera oportunidad llamada
“Conclusión anticipada”.
Imagen: Josimar Edinho Chinchay Villafuerte, Bachiller
en Derecho egresado la Universidad San Pedro