Según Resolución Nº 491- 2012 P/ IPD, que lo designaba en el cargo JORGE LUIS ROBLES DAVILA, asumió funciones de Presidente del Consejo Regional del Deporte de Lima provincias el 1ro de setiembre de ese año, en un clima en el que tuvo que intervenir el presidente regional en la medida que su antecesora JULIA LEOPOLDINA BARRERA GONZALES, ya había cumplido con el periodo de 3 años por el cual se designa a los representantes del Instituto Peruano del Deporte, según Decreto Supremo 018-2004-PCM.
Periodo de designación
Los presidentes de los Consejos Regionales del Deporte son designados por un periodo de tres años por el Presidente del Consejo Directivo del IPD, a propuesta del ahora gobernador regional, el que por cierto debe de presentar con la anticipación correspondiente una terna de candidatos que cumplan por cierto algunos requisitos, como antigüedad de 2 años como dirigente deportivo a nivel regional o haber sido deportista de alta competencia (¿con cuál de estos requisitos cumpliría en su momento Robles Dávila?)
En atención a ello la terna debió ya ser alcanzada a las instancias correspondientes a fin de viabilizar las acciones deportivas en la región, toda vez que profesores de educación física, deportistas, simpatizantes y otros del deporte claman a gritos que se haga algo por cultivar el deporte en la región.
La funciones del Presidente del Consejo Directivo del IPD
Según el artículo 8 del reglamento de la Ley de Promoción y desarrollo del Deporte, son funciones del Instituto Peruano del Deporte: Formular, planificar y dirigir la política deportiva, recreativa y de educación física. Así como también; promover la formación y capacitación de deportistas, técnicos, dirigentes, profesionales del deporte y agentes deportivos. Todo aquello que en estos momentos no se hace y se debería de hacer.
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